Por: Víctor Vargas
El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente, dijo alguna vez un historiador inglés; esta es la premisa básica de la separación de poderes. Le explicamos.
A través de la historia, la humanidad ha sido testigo de lo que el poder mal administrado puede generar: abusos, explotación, violencia y un largo etcétera de consecuencias -en su mayoría- negativas para los ciudadanos.
Por ello, y con la evolución de los sistemas de gobierno modernos, como el democrático que funciona en Colombia, se crearon las Ramas del Poder Público que tienen como objetivo, que ese poder entregado por el pueblo a sus líderes no se salga de control, que nadie abuse del mismo.
Este concepto se conoce como separación de poderes y allí radica su importancia: que ninguna de ellas tenga más poder que otra y así se equilibren mutuamente. Las Ramas del Poder Público en Colombia tienen su origen en los denominados ‘órganos’ creados en 1936 y modificados en 1945 como ‘ramas’.
A partir de la promulgación de la Constitución de 1991 se confirmaron las ramas actuales: Ejecutiva, Legislativa y Judicial, y los llamados órganos de control, operando juntos, pero “no revueltos”.
Los sistemas modernos de gobierno buscan que ninguna persona o institución tenga todo el poder concentrado.
Los órganos están integrados por el Ministerio Público (Procuraduría, Defensoría del Pueblo y las Personerías) y la Contraloría. Otros órganos del Estado son el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría del Estado Civil, el Banco de la República y la Autoridad Nacional de Televisión.
Así son las ramas del Poder Público
La Rama Legislativa está integrada por el Congreso de la República (Senado y Cámara) y es la encargada de gestionar las leyes, las reglas con que convivimos los colombianos y sus instituciones. Además, la rama legislativa le da directrices y controla al gobierno. También tiene el encargo de reformar la Constitución cuando hubiese lugar y de nombrar los altos funcionarios de la rama judicial, órganos de control y electorales. El Congreso en pleno es la máxima autoridad de la rama.
La Rama Ejecutiva está representada por el presidente, es decir su máxima autoridad, al ser Jefe de Gobierno y de Estado. En las regiones el poder ejecutivo son los gobernadores y alcaldes. A nivel nacional, esta rama también está compuesta por el vicepresidente, los ministros, directores de departamentos administrativos y los superintendentes.
En Colombia las ramas del poder surgieron en el siglo XX y su estado actual se determinó por la constituyente de 1991.
Dentro de sus funciones están, en términos generales, la conducción del país en lo político y lo administrativo. El presidente nombra a los ministros, embajadores, directores de departamentos administrativos; también presidentes, directores y gerentes de instituciones nacionales. Es el máximo comandante de las Fuerzas Armadas. Adicionalmente se encarga de promulgar y sancionar las leyes gestionadas en el Congreso.
A estas funciones se suman de manera general, la dirección del recaudo y administración de los impuestos; inspección, vigilancia y control de las empresas financieras y la bolsa. Es función de los demás funcionarios de la rama, la dirección de sus dependencias y todas las responsabilidades que ello implica.
La Rama Judicial está integrada por un total de seis órganos: Corte Suprema de Justicia (su máxima autoridad), Consejo de Estado, Corte Constitucional, Consejo Superior de la Judicatura, Jurisdicciones Especiales y Fiscalía General de la Nación como ente investigador y acusador en materia penal.
Su función general es la administración de la justicia.
La Corte Suprema es el máximo tribunal de nuestra justicia. Si un colombiano es condenado por un delito, tiene varias oportunidades de apelar. La última de esas opciones es que la Corte Suprema estudie su caso. Este paso o instancia se llama casación y una vez ella dicta una sentencia, esa es la definitiva.
Está integrada por un número impar de magistrados y tiene el poder de juzgar, cuando hubiere lugar, al presidente, ministros, al procurador, contralor, los congresistas, directores de departamentos administrativos y funcionarios de alto rango.
El Consejo de Estado es el máximo tribunal en temas administrativos y gestiona las propuestas de reformas constitucionales. La Corte Constitucional vela porque se mantenga la integridad de la Constitución, es decir, resuelve todas las dudas y procesos que la involucran.
Equilibrio de poder es un concepto por el cual las ramas se controlan y cooperan mutuamente.
El Consejo Superior de la Judicatura es el guardián de la rama. Debe administrar la carrera judicial: si un abogado en su ejercicio incurre en una falta, es el que examina y sanciona a dicho profesional. Esto para todos sus funcionarios. Debe formular el presupuesto de la rama ante el gobierno.
En resumen, al encargarse de distintas funciones, las ramas distribuyen ese poder para que ninguna se convierta en “supremo” y mejor cooperen entre ellas. Si la Rama Judicial juzga a funcionarios, pero la Legislativa hace la reglas y la Ejecutiva las administra, entonces ninguna tendrá todo el poder; esencia de la democracia como funciona en Colombia.
Reforma a la justicia
En la actualidad en el país se debate una Reforma a la Justicia. La propuesta sería entregada por el Presidente al Congreso en julio.
Desde el 2003 la Justicia ha vivido 10 intentos de reforma. Los temas centrales: nuevo órgano para investigar a altas cortes, más requisitos para ser magistrado, entre otros.
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