A partir del 5 de agosto entrará a regir la nueva rotación del pico y placa para el segundo semestre de 2024, que se extenderá hasta finales de este año.
La modificación se realizó por medio del Decreto 1720121986 de 2024 y aplica para Medellín y los municipios que conforman el Área Metropolitana.
La medida se aplica de lunes a viernes, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m., e incluye dos dígitos diarios tanto para carros como para motos.
La restricción vehicular para carros, camionetas, camperos, motocarros y cuatrimotos se hace de acuerdo con el último número de la placa, mientras que, para motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos, se hace de acuerdo con el primer número de la placa.
Así es la rotación del pico y placa para el segundo semestre de 2024:
Vías Exentas
Las vías que estarán exentas de la medida de pico y placa serán aquellas que favorecen la conectividad con las subregiones del departamento de Antioquia y el resto del país.
Entre estas se encuentra el Sistema Vial del Río, compuesto por la autopista Sur, la avenida Regional y la avenida Paralela, la avenida Las Palmas y la avenida 33 (desde el río hasta su conexión con Las Palmas).
También la calle 10 (desde el río hasta la Terminal del Sur y su conexión con el aeropuerto Enrique Olaya Herrera), las laterales de la quebrada La Iguaná (entre las carreras 63 y 80), la calzada Norte del puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur.
Los corregimientos de Medellín estarán libres de esta restricción vehicular.
En el caso de los taxis no se establecen vías exentas.
Exoneración del pico y placa
Están exonerados vehículos híbridos, eléctricos y los convertidos a gas.
También están exentos: vehículos para atención de emergencias, vehículos que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, vehículos que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos y el trasplante de los mismos.
Igualmente están exentos vehículos destinados al transporte de alimentos y/o elementos perecederos, debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial, vehículos de carga, vehículos destinados a la prestación de servicios públicos, vehículos de propiedad de medios de comunicación, vehículos de seguridad nacional pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, INPEC y Fiscalía General de la Nación.
También vehículos destinados al control del tránsito, vehículos destinados al transporte de personas en condición de enfermedad y/o discapacidad, entendida como retos alternativos de movilidad, vehículos de transporte de valores, vehículos acondicionados con blindaje igual o superior a nivel 3, coches funerarios y vehículos pertenecientes a empresas de seguridad.
Sanciones por incumplir el pico y placa
El incumplimiento de la medida de pico y placa genera la inmovilización del vehículo y una sanción económica de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $650.000.
Pico y placa taxis
Para los taxis la rotación inicia desde el 1 de agosto y se mantiene la metodología acordada con el gremio de rotación quincenal variando el día de la semana por cada mes teniendo en cuenta solo días hábiles.