La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), finalizó la aplicación del cobro por consumo excesivo de agua potable para los subsistemas de acueducto operados por EPM en los 10 municipios del Valle de Aburrá y algunos sectores del oriente antioqueño.
La Resolución 039 de la CRA se aplicó desde el 29 de enero de este año, debido a las condiciones climáticas asociadas al fenómeno de El Niño, y definió un cobro adicional por los consumos de agua potable del sector residencial que sobrepasaran los 26 metros cúbicos en el caso del Valle de Aburrá y 22 metros cúbicos para los sectores atendidos en el oriente antioqueño.
Desde el 7 de junio de 2024, la medida de la CRA solo se aplicará en las regiones cuyas fuentes de abastecimiento dependan de las áreas hidrográficas Orinoco y Amazonas, exceptuando así a todos los territorios donde EPM opera el servicio de acueducto.
EPM reportó un balance satisfactorio del comportamiento de su sistema de acueducto durante el fenómeno de El Niño, y aunque fue necesario realizar algunas interrupciones del servicio debido a reducción de caudales en fuentes menores y en el embalse Piedras Blancas, el 96% de sus usuarios no vieron impactada la continuidad de su servicio por causas asociadas a este fenómeno.
De acuerdo con voceros de EPM, la empresa se prepara para la llegada del fenómeno de La Niña, que podría representar desafíos técnicos para el sistema de alcantarillado y para la prestación del servicio de acueducto en algunas zonas cuyas plantas de potabilización son abastecidas directamente por fuentes superficiales.
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