Este 15 de diciembre se definió por sorteo el nuevo Pico y Placa que regirá en Medellín y demás municipios del área metropolitana, a partir del 16 de enero de 2023. La medida se aplica de lunes a viernes, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m., e incluye dos dígitos diarios tanto para carros como para motos.
La restricción vehicular para carros, camionetas, camperos, motocarros y cuatrimotos se hace de acuerdo con el último número de la placa, mientras que para motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos, se hace de acuerdo con el primer número de la placa.
Así es la rotación del pico y placa para el segundo semestre:
Lunes 6 y 9
Martes 5 y 7
Miércoles 1 y 4
Jueves 0 y 8
Viernes 2 y 3
La primera semana del año será pedagógica, reiteró el subdirector Hernández, mientras la ciudadanía asume el cambio en la rotación.
Pico y placa para taxis
La restricción continua para los taxis. Se mantiene una vez cada dos semanas en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m., conforme con el último número de la placa.
Recuerde que la medida de pico y placa para taxis no contempla vías exentas.
Vías Exentas
Están exentas de la medida de pico y placa las siguientes vías públicas:
- Sistema Vial del Río y Avenida 33 (desde el Rio hasta su conexión con las Palmas).
- Avenida las Palmas.
- La Iguaná.
- Sistema Vial del Río: Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Regional Occidental (paralela)
- Calzada Oriente – Occidente del Puente Horacio Toro, entre los lazos S-W y E-S que le permiten hacer el retorno Sur – Sur del Sistema Vial del Río para tomar La Iguaná hacia el Occidente.
El Pico y Placa no aplica en los corregimientos que conforman el municipio de Medellín.
Exoneración del pico y placa
Están exonerados vehículos híbridos, eléctricos y los convertidos a gas.
También están exentos: vehículos para atención de emergencias, vehículos que presten atención médica personalizada o domiciliaria, vehículos que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos y el trasplante de los mismos.
Igualmente están exentos vehículos destinados al transporte de alimentos y elementos perecederos, debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial, vehículos de carga, vehículos destinados a la prestación de servicios públicos, vehículos de propiedad de medios de comunicación, vehículos de seguridad nacional pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, INPEC y Fiscalía General de la Nación.
También vehículos destinados al control del tránsito, vehículos destinados al transporte de personas en condición de enfermedad y/o discapacidad, entendida como retos alternativos de movilidad, vehículos de transporte de valores, vehículos acondicionados con blindaje igual o superior a nivel 3, coches funerarios, vehículos pertenecientes a empresas de seguridad.
Sanciones por incumplir el pico y placa
El incumplimiento de la medida de pico y placa genera la inmovilización del vehículo y una sanción económica de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.